El pasado mes de enero un farmacéutico de Barcelona, Xavier
C.D., fue condenado a pagar una indemnización de 752.000 euros. La
póliza que el Colegio Oficial de Farmacéuticos de la ciudad Condal tiene
contratada con la compañía «Zurich España Compañías de Seguros y
Reaseguros, S. A» -para cubrir la responsabilidad civil de sus
colegiados en caso de negligencia profesional-, asciende como máximo
a 601.012,10 euros, lo que significa que Xavier C.D. deberá pagar de su
propio bolsillo el resto, es decir, 150.000 euros. Esta indemnización
fijada por los jueces barceloneses, una de las más altas en España por
un caso de estas características, ha abierto una polémica entre los
colectivos sanitarios catalanes, que reclaman cambiar el sistema actual
de indemnizaciones que consideran «perverso», informa el diario
ABC en su edición del lunes, 10 de febrero.
El hecho de que la Justicia española empiece a dictar sentencias al
estilo estadounidense -donde se ha llegado a indemnizar a una mujer
por caer en la calle después de una fuerte nevada- ha llevado a los
profesionales de nuestro país a plantearse la necesidad de contratar
seguros de responsabilidad civil. El vicepresidente ejecutivo de la
correduría de seguros Willis, Pedro Cardelús, explica que «el 80 por
ciento de los médicos españoles tiene contratado uno de estos
seguros» y añade que «hace unos años estos no eran excesivamente
habituales pero desde hace algún tiempo, no existen prácticamente
profesionales que no tengan un seguro concertado».
El futuro de los seguros
Las desorbitadas cuantías a pagar puede llevar a las corredurías de
seguros y compañías especializadas en asegurar a profesionales -como
médicos, abogados o arquitectos, entre otros- «a plantearse un aumento
en el precio de las pólizas, porque de seguir así, podría ser que en el
futuro algunas aseguradoras con menos recursos económicos no
dispongan de suficiente capital para hacer frente a este tipo de multas y
caigan en la quiebra», apunta Pedro Cardelús.
El seguro de responsabilidad civil profesional cubre el riesgo de
indemnización por daños y perjuicios económicos causados a terceros
por error profesional cometido en el ejercicio de su profesión y además
en la póliza se incluyen las fianzas judiciales y, en algunos casos, las
consecuencias económicas de la inhabilitación del trabajador.
Entre los múltiples seguros que ofrecen las corredurías y empresas
especializadas los más demandados son los de responsabilidad civil
profesional, contratados tanto por empresas como por individuos en el
terreno profesional o personal. Seguidos por los de comercio
-multiriesgos de negocios, empresas, laboratorios o clínicas-, los de
daños nucleares, protección jurídica y multiriesgo PYME.
No obstante, todavía hay muchos profesionales que no cuentan con este
tipo de seguros. Los interesados en contratarlo pueden dirigirse bien a
companías que tengan los suficientes recursos técnicos para
desenvolverse en esta compleja parcela de mercado, bien a entidades
especializadas en la materia. Además, muchos colegios profesionales
españoles ofrecen a sus afiliados este servicio.
Aunque la mayoría de las negligencias pueden ser aseguradas, existen
algunos riesgos que no pueden cubrirse con un seguro, como, por
ejemplo, todo aquel supuesto en el que «medie dolo por parte del
asegurado». De la misma manera, en cada profesión pueden excluirse
ciertos supuestos, como sucede en el ámbito médico-sanitario con las
indemnizaciones derivadas de la utilización de aparatos de instalaciones
radioactivas, que requieren por sí mismos un seguro independiente.
Estas empresas tienen muy bien definido el perfil de sus asegurados,
«son profesionales de cuya actuación diaria se pueden derivar daños y
perjuicios económicos a terceros, con especial énfasis en aquellos que
además llevan aparejados una cierta repercusión social», comenta
Pedro Cardelús.
Las motivaciones para apoderarse de estos seguros pueden ser tan
diversas como las necesidades de los profesionales, pero acostumbran
a interesarse por ellos «cuando empiezan a ejercer su actividad, cuando
se produce alguna llamada de atención específica o por la exigencia de
un seguro de responsabilidad civil profesional para la adjudicación de
proyectos, especialmente en el terreno de las administraciones
públicas», añade Cardelús. De no tener un seguro de responsabilidad
civil y ser denunciado, el profesional debe saber que expone la
totalidad de su patrimonio. En consecuencia, tendrá que responder con
sus propios bienes de todas las reclamaciones que se pueden derivar
del hecho en cuestión.
La poliza varía según la profesión
El precio de esta clase de seguros no es en ningún caso fijo, sino que
varía sensiblemente según sea el riesgo de la profesión que se asegure.
A la vez, tiene una gran incidencia el límite de indemnización que desee
el asegurado, así como el nivel de autoseguro que cada profesional esté
dispuesto a asumir vía franquicia. Además, las compañías tienen en
cuenta el historial de siniestralidad del individuo o colectivo a
asegurar. A título de ejemplo, Cardelús explica que «un médico que
ejerce la especialidad de Cirugía General y contrate un límite de
indemnización por siniestro de 600.000 euros, sin antecedentes de
siniestralidad, podría pagar una prima de alrededor de 600 euros
anuales. Mientras que un médico de Medicina General, en los mismos
supuestos, no excedería los 50 euros anuales de prima».
Evidentemente, estas pólizas varían si en lugar de un médico se trata de
un arquitecto, un notario o un ingeniero. Lo que sí es patente es que,
generalmente, se trata de un seguro deficitario para la compañía. Por
eso está empezando a ser difícil encontrar entidades dispuestas a
asumir las obligaciones indemnizatorias que se derivan de estos
contratos de seguros, apunta Cardelús. Ante una denuncia, la compañía
pone a disposición de los asegurados el servicio jurídico de la entidad
para asesorarle de la forma más adecuada y asumir la defensa
inmediata ante los tribunales hasta que termine el proceso. En caso de
condena la compañía paga la indemnización hasta el límite pactado.