Redacción, Mérida.- Los Colegios Oficiales de Médicos de Cáceres y Badajoz han decidido constituir formalmente el Consejo de Colegios Profesionales de Médicos de Extremadura, como una estructura con personalidad jurídica propia y con plena capacidad de representación colegial en toda la Comunidad Autónoma de Extremadura. El Consejo de Gobierno de la Junta extremeña ha aprobado ya la creación de este organismo y ahora una Comisión gestora deberá elaborar unos estatutos propios en el plazo de seis meses.
El Consejo de Colegios Profesionales de Médicos de Extremadura adquirirá personalidad jurídica desde la entrada en vigor del decreto de su constitución, que se produjo el 16 de noviembre. El Consejo de Colegios adquirirá plena capacidad de obrar desde el momento de constitución de sus órganos de gobierno, de conformidad con lo previsto en sus Estatutos.
Según recoge el decreto, el Consejo desarrollará su actuación en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Extremadura, estando integrado por los Colegios Oficiales de Médicos de Badajoz y Cáceres. El Consejo ejercerá las funciones que determinen sus Estatutos y, como mínimo, las establecidas en la ley de Colegios y de Consejos de Colegios Profesionales de Extremadura.
Seis meses de plazo
En el plazo de seis meses a partir del 16 de noviembre, el decreto establece que una Comisión Gestora, integrada por, al menos, un representante de cada uno de los Colegios Oficiales de Médicos que integran el Consejo, elaborará un proyecto de Estatutos y propondrá la aprobación del proyecto de estatutos del Consejo de Colegios, que será trasladado a los órganos plenarios de los Colegios Oficiales integrados para su aprobación.
Aprobados los estatutos, se remitirán acompañados de una certificación emitida por el correspondiente secretario, en la que se acredite la autenticidad del texto y el cumplimiento de los requisitos legales exigidos para su aprobación, a la Consejería de Presidencia de la Junta de Extremadura para que, previa calificación de legalidad, proceda a su inscripción en el Registro de Colegios Profesionales y Consejos de Colegios y publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
En ese mismo plazo, establece el decreto, la Comisión Gestora propondrá el nombramiento de las personas que han de ocupar los cargos correspondientes de los órganos de Gobierno del Consejo de Colegios, debiendo ser comunicado, una vez aprobado, a la Consejería de Presidencia, a efectos de su inscripción en el Registro de Colegios Profesionales y Consejos de Colegios de Extremadura.