Jesús Romano, Cádiz.- La consejera de Salud, María Jesús Montero, y el presidente del Consejo Andaluz de Colegios de Médicos, Ricardo Miranda, han suscrito un convenio de colaboración para facilitar el acceso al registro de voluntades vitales anticipadas a aquellos facultativos que no pertenezcan al sistema sanitario público andaluz, tal y como adelantó EL MEDICO INTERACTIVO (ver edición del 19-1-05). Este acto no sólo supuso la firma de un importante acuerdo entre ambas instancias, sino que, además, "rubrica" la pretensión de las dos partes implicadas de restablecer las relaciones perdidas desde hace ahora más de tres años.

Así lo indicó el doctor Miranda, quien durante la firma del documento, que tuvo lugar en el Colegio de Médicos de Cádiz -que él dirige-, estuvo acompañado por otros cinco presidentes de instituciones médico-colegiales de la comunidad, así como por dos miembros de su Junta Directiva.

El objeto del citado convenio, al que ha tenido acceso este diario, es el de establecer entre la Consejería del ramo y el ente colegial "los medios necesarios que faciliten a los médicos ajenos al Sistema Sanitario Público el acceso al contenido del Registro de Voluntades Vitales Anticipadas de Andalucía", como "cauce para que la persona pueda ejercer su derecho a decidir las actuaciones sanitarias de que pueda ser objeto en el futuro, en el supuesto de que llegado el momento no goce de capacidad para consentir por sí misma". "A tal fin -añade el texto- se encomienda a los secretarios de los colegios oficiales de médicos que, en colaboración con los secretarios generales de las Delegaciones Provinciales de la Consejería", faciliten a estos facultativos, "con las garantías previstas en la normativa vigente, un código personal que les permita acceder de manera segura" al citado registro.

El departamento que dirige Montero Cuadrado, por tanto, se encargará de proporcionar al Consejo Andaluz de Colegios de Médicos "las claves necesarias para que los secretarios de puedan acceder exclusivamente al módulo "Alta de Médicos" del Registro de Voluntades Vitales Anticipadas de Andalucía", para así poder otorgar a los médicos ajenos al SAS "un código personal de acceso". Todo ello, insiste el acuerdo, "en colaboración con los secretarios generales de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Salud".

Por su parte, la institución autonómica que preside Ricardo Miranda, mediante los secretarios provinciales de los Colegios, deberán entregar estas "claves" a los mentados facultativos, una vez que "el sistema informático haya proporcionado en sobre cerrado el correspondiente código personal de acceso al registro", que "sólo podrá ser conocido por el médico" en cuestión, "sin que pueda serlo" por los secretarios, ni por ningún otro empleado de dichos organismos.

Asimismo, el Consejo Andaluz, a través de las entidades provinciales, procederá a informar sobre el contenido y alcance del Decreto 238/2004, de 18 de mayo, por el que se regula el Registro de Voluntades Vitales Anticipadas de Andalucía y sus normas de desarrollo.

Comisión de seguimiento

Para la evaluación y seguimiento del convenio de colaboración, se constituirá una comisión de seguimiento, integrada por dos representantes de cada una de las partes, recayendo la presidencia sobre uno de los miembros que concurran de parte de la Consejería de Salud. Este grupo se reunirá con carácter ordinario dos veces al año y, con carácter extraordinario, cada vez que lo solicite uno de sus miembros.

La comisión "se regirá por las normas previstas para los órganos colegiados en los artículos 22 a 27 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común", apunta el documento, que señala, asimismo, que este grupo desarrollará, al menos, las siguientes funciones: velar por el cumplimiento del convenio. resolver las incidencias que se produzcan como consecuencia de su interpretación, aplicación y desarrollo. coordinar la actuación de las partes firmantes en orden a la consecución del fin perseguido por el acuerdo. efectuar el seguimiento de los convenios particulares que, en su caso, se pudieran derivar del matriz. y cualesquier otra que le sean encomendadas por los suscriptores.

Por último, se indica que la vigencia del convenio "se extenderá desde el día de su firma hasta el día 31 de diciembre de 2005, prorrogándose expresamente por mutuo acuerdo de las partes".