nueva norma recoge la incorporación al sistema MIR de la especialidad de Medicina del Tra
24 de agosto 2011. 12:50 pm
Redacción, Madrid.- El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se actualiza la regulación de la formación especializada con el fin de adecuar tal formación a las necesidades del sistema sanitario y a las demandas de la sociedad española. La nueva…
Redacción, Madrid.- El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se actualiza la regulación de la formación especializada con el fin de adecuar tal formación a las necesidades del sistema sanitario y a las demandas de la sociedad española. La nueva norma, tal y como se recoge en un comunicado oficial, tiene como objetivo la modernización de determinados aspectos relativos a la formación de los médicos especialistas, cuya actual regulación fue aprobada en el año 1984.
El Real Decreto establece el procedimiento para la revisión y actualización de los programas de formación en cada una de las especialidades médicas, con el fin de garantizar su constante puesta al día, y regula las estancias formativas de médicos de países no comunitarios, que cada vez en mayor número acuden a los servicios sanitarios españoles para obtener formación en las técnicas más avanzadas de la Medicina.
Se modifica también la denominación de determinadas especialidades con el fin de describir mejor el ámbito funcional que les es propio. Entre las que cambian su denominación destaca la de Cirugía Plástica y Reparadora, que pasa a denominarse Cirugía Plástica, Estética y Reparadora, denominación más descriptiva del campo profesional de estos médicos especialistas.
Según la nota de la Administración, el Real Decreto da especial relevancia a la especialidad de Medicina del Trabajo, cuyo sistema de formación se mejora sustancialmente, incorporando dicha especialidad al régimen formativo general de los Médicos Residentes. Con ello se complementan las previsiones de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales de 1995, y del Real Decreto de 1997, que aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención, definiendo una figura profesional específicamente formada para sus correspondientes servicios sanitarios.
Se regula un procedimiento excepcional de acceso al título de especialista en Medicina del Trabajo a los diplomados en Medicina de Empresa, siempre y cuando acrediten un ejercicio profesional de cinco años en el campo de la especialidad. Los interesados podrán solicitar el título durante los doce meses siguientes a la entrada en vigor del Real Decreto mediante instancia dirigida a la Secretaría de Estado de Educación y Universidades, del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.