E.P.- La sección tercera de la Audiencia Provincial de Alicante ha comenzado el juicio contra los once imputados por el denominado 'caso Ardystil', que tratará de delimitar las posibles responsabilidades que puedan derivarse de la muerte por imprudencia de seis trabajadores de la industria de aerografía textil a consecuencia de enfermedades pulmonares. Como se recordará, los hechos ocurrieron entre los meses de febrero a noviembre de 1992 cuando un total de seis personas fallecieron por el uso de productos químicos combinados utilizados en la estampación textil, sin los conocimientos para hacerlo y en unas condiciones de trabajo insalubres, según el escrito inicial del fiscal; condiciones por las que 66 personas más también resultaron afectadas de neumonía, hiperreactividad bronquial, fibrosis pulmonar y bronquitis obliterante con neumonía organizada (BONO).
A lo largo de la primera sesión los abogados de las defensas y de las acusaciones presentaron nuevas pruebas, entre las que se encontraban facturas de la compra de mascarillas y testigos, por lo que el tribunal deberá ahora deliberar si son o no aceptadas. Los imputados son los responsables de las empresas de aerografía Ardystil, Aeroman, Aerotex, Aerografía Textil, Aeroreig, Aeroalcoy, Aerobrix y Boncolor - ubicadas en las localidades alicantinas de Alcoy, Muro de Alcoy y Concentaina -, sobre los que pesa la acusación de haber cometido un delito de imprudencia temeraria de 1989 a 1992.
Además, las acusaciones particulares han imputado al inspector de trabajo, Alfredo O. por no haber detectado las posibles condiciones de insalubridad en gran parte de estas empresas. Asimismo, el fiscal encargado del caso, Ricard Cabedo, solicita en sus conclusiones provisionales para los acusados penas que oscilan entre un año de prisión menor y seis años y un día de prisión mayor y considera responsables civiles subsidiarios a cuatro empresas textiles, tres industrias químicas, cinco compañías aseguradoras, la Generalitat Valenciana y el Estado.
En cuanto a las indemnizaciones para las víctimas y trabajadores afectados, las cuantías solicitadas por el fiscal oscilan entre los 36.000 y los 120.000 euros, aunque para una de las afectadas, Susana Javaloyes, sometida a un trasplante bipulmonar, se piden más de 240.000 euros de indemnización.
Según el escrito del fiscal, estas empresas carecían de sistemas de ventilación forzada y localizada sobre las mesas de trabajo, el uso de mascarillas para que los trabajadores se protegieran las vías respiratorias 'no se hacía cumplir o simplemente, no existían', no se renovaban los filtros y en 'todas las empresas', para el secado de las piezas de tela ya impresas o para calentar el ambiente, había fuentes de calor procedentes de máquinas que se usaban en las empresas o de estufas de leña o gas-oil. Estas condiciones de trabajo en combinación con los productos empleados, afectaba seriamente a los pulmones de los trabajadores en mayor o menor grado.
Por su parte, la abogada Eva Mataix, que representa la acusación particular de 17 afectados, dijo estar de acuerdo con las conclusiones provisionales del fiscal a excepción de la imputación al inspector de trabajo, que el fiscal no ha realizado.
Por su parte, el abogado defensor de las empresas Aerotex y Aerografía Textil, Miguel Angel Garijo Castelló, afirmó que pretende demostrar que sus clientes cumplieron 'a raja tabla' las condiciones legales sanitarias vigentes en el momento, por lo que solicita la libre absolución de sus defendidos ya que no hay 'ningún tipo de responsabilidad penal'. Garijo ha señalado además las empresas a las que defiende iban 'incluso más allá' de la normativa que se les pedía en aquel momento, como 'en materia de extractores y ventilación' y afirmó que el problema médico de las afecciones 'no se pudo haber previsto, por lo que no se actuó con negligencia y no hay dolo o responsabilidad penal'.
En cuanto a las compañías de seguros, Garijo indicó que en el caso de que haya una condena 'responderán' a pesar de que las empresas se cerraron en el año 1992. Además consideró que los principales afectados por la dilación del juicio -once años después de la primera muerte - son 'los afectados aunque las personas enjuiciadas también lo son' y consideró que esta tardanza sólo es imputable al 'funcionamiento en sí de la Administración de Justicia'. Para el abogado de Aerotex y Aerografía Textil la Administración 'se debía haber dotado de más medios materiales y personales' para que el procedimiento hubiese sido más corto.