Desde la OMC recuerdan que la facultad de prescribir pertenece exclusivamente a médicos, odontólogos y podólogos
21 de noviembre 2023. 1:27 pm
La Organización Médica Colegial ha emitido un nuevo comunicado en el que ha querido aclarar algunos conceptos sobre la llamada “prescripción enfermera”. Un término que se ha extendido en múltiples ámbitos, pero que en realidad como tal no se contempla en ninguna ley. Por ello,…
La Organización Médica Colegial ha emitido un nuevo comunicado en el que ha querido aclarar algunos conceptos sobre la llamada “prescripción enfermera”. Un término que se ha extendido en
múltiples ámbitos, pero que en realidad como tal no se contempla en ninguna ley. Por ello, para evitar confusiones, reclama que se utilice correctamente el lenguaje profesional ajustado a la ley, que en este aspecto se denomina
“indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano por parte de los enfermeros”.
Así, recuerdan que la ley 29/2006, de 26 de julio, de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios, en su redacción vigente establece que los únicos profesionales con facultad para prescribir son los médicos, los odontólogos y los podólogos. Igualmente lo determina también el Real Decreto 954/2015 de 23 de octubre y asimismo la receta médica privada queda enmarcada en este modelo con una comisión de control sin otra legitimación por otros canales.
Mal uso del término “prescripción enfermera”
Tal y como indican los representantes de los médicos, en la actualidad resulta fundamental que la atención al paciente se base en la colaboración de equipos compuestos por profesionales de la salud de diversas disciplinas. Cada uno de ellos desempeña un papel crucial para garantizar la excelencia en la atención, aplicando sus competencias en áreas específicas, adquiridas a través de su formación y capacitación.
No obstante, también resulta clave y fundamental la
existencia de límites con el fin de salvaguardar las competencias profesionales que, finalmente, repercuten en la seguridad clínica. De ahí la necesidad de aclarar el término “prescripción enfermera”.
Por otra parte, insisten en que todo momento, especialmente durante la reciente crisis sanitaria de la COVID-19, las profesiones médica y enfermera han evidenciado su vocación de servicio a los demás y se ha puesto de manifiesto la excelente colaboración en equipos tanto en Atención Primaria como en hospitales. “Por ello, apelamos a la necesidad de identificar problemas reales para buscar soluciones consensuadas y con conocimiento bajo el gran objetivo de cuidar de la salud de la ciudadanía y sostener el Sistema Nacional de Salud, eje del Estado de Bienestar, lejos de un ruido competencial alejado de la legalidad y de la utilidad”, concluyen.