Según el artículo 403 del Código Penal, comete delito de intrusismo aquel que 'ejerciere actos propios de una profesión sin poseer el correspondiente título académico expedido o reconocido en España de acuerdo con la legislación vigente, acción con pena de multa de 6 a 12 meses. Si la actividad profesional desarrollada exigiere un título oficial que acredite la capacitación necesaria y habilite legalmente para su ejercicio, y no se estuviere en posesión de dicho título, se impondrá la pena de multa de 3 a 5 meses'. Además, si el culpable 'se atribuye públicamente la cualidad de profesional amparada por el título referido, se le impondrá la pena de prisión de seis meses a dos años'.
Desde el sector médico, la preocupación por las prácticas clandestinas no se centra tanto en las cuestiones económicas como en el daño que se le causa a la población
En opinión de Ezequiel Rodríguez, vicepresidente de la Sociedad Española de Cirugía Plástica, Reparadora y Estética (SECPRE), el fenómeno del intrusismo tiene un carácter 'oscilante. Acto seguido a que salte una noticia de que ha habido una muerte en un piso o en una clínica que no reúne las condiciones para realizar algunas operaciones quirúrgicas, suele detectarse un 'parón' de la actividad clandestina. Es como si se hubieran esfumado. Sin embargo, en cuanto parece que el tema se ha olvidado un poco, de repente, vuelven a aparecer, cambiando de provincia o, incluso, de país'.
No cabe duda de que la Medicina clandestina o pirata ha encontrado el campo abonado en las denominadas terapias médicas no convencionales (también definidas como Medicinas complementarias o paralelas).
De acuerdo con el documento de Medicinas Alternativas elaborado por la Organización Médica Colegial (OMC) hace ahora casi un año, pese a no existir en los países de nuestro entorno una regulación respecto al aprendizaje de las prácticas mencionadas, ni estar sujeto su ejercicio a ordenación, es 'innegable' el incremento que ha venido manifestando este tipo de actividad sanitaria.
La ausencia de título, la ilegitimidad de los actos practicados y la voluntad del sujeto con respecto a su irregular actuación son requisitos que ha de reunir un acto de intrusismo
Los datos de los países occidentales hablan a las claras del creciente aumento de estas prácticas al reclamo lógico de una cada vez mayor demanda por parte de los ciudadanos.
Persecución de la justicia
En la mayoría de los casos, las situaciones de intrusismo derivan en problemas más o menos serios de salud que suponen en el fondo un enorme perjuicio para los pacientes que se han puesto en manos de profesionales no capacitados para ejercer.
Unos médicos habían abierto una clínica en 1998 en una calle de Madrid donde realizaban operaciones de estética pese a carecer del título para ejercer en España. Según el escrito del fiscal recogido por la prensa, 'ambos doctores eran plenamente conscientes de que esa operación debía efectuarse en un quirófano y no en el habitáculo donde se desarrolló, completamente inadecuado, al carecer de las necesarias condiciones de asepsia'. La víctima recibió una 'dosis tóxica de anestésico' y no pudo ser reanimada. También fue llamativo el caso de varias mujeres canarias que sufrieron necrosis en las mamas tras someterse a implantes en una peluquería.
En otras ocasiones, la Justicia persigue a 'profesionales' que se anuncian como médicos sin serlo. En febrero pasado, la fiscalía de Sevilla solicitó 28 meses de prisión por un delito de intrusismo y dos delitos contra la salud pública para un hombre que ejercía profesionalmente como médico sin poseer la correspondiente titulación oficial y que, usando técnicas naturópatas, ofrecía tratamiento, tal como rezaba en unos carteles a las puertas de los consultorios, con un falso número de colegiado. El acusado, según el fiscal, cobraba honorarios por la práctica de la acupuntura, administraba plantas medicinales sin control sanitario y elaboraba tinturas, diluciones, cremas y cápsulas que constituían un riesgo para la salud de los pacientes.
También en Sevilla se produjo una sentencia que demuestra que los intrusos, finalmente, terminan reapareciendo. Un juzgado de Morón de la Frontera condenó el pasado mes de junio a un protésico dental (del intrusismo no se libran tampoco profesiones como los dentistas o los fisioterapeutas, por ejemplo) por provocar daños a una paciente en su boca. Ejercía sin tener la capacitación necesaria y sin posser el título, pero es que, además, ya había sido condenado en 1986 y en 2002, en sendas ocasiones a un año de cárcel, por el mismo delito.
El Código de Ética y Deontología Médica recuerda que el facultativo ha de abstenerse de actuaciones que sobrepasen su capacidad
Hace escasos meses, la policía desarticulaba en Madrid ocho clínicas dentales situadas en los domicilios de los supuestos profesionales. Cada año cambiaban la ubicación del negocio para evitar el control por las autoridades. Ninguno de los inculpados tenía título. Entre otras cosas, esterilizaban el material en el microondas. En la operación, la policía contactó con varios de los pacientes que habían tenido que acudir de urgencia a centros hospitalarios para corregir con Cirugía maxilofacial las temerarias intervenciones de los falsos dentistas.
Un 'boom' constante
El vicepresidente de la SECPRE entiende que las autoridades sanitarias de las distintas comunidades autónomas llevan muy exhaustivamente todas las autorizaciones para la apertura de consultas y clínicas privadas y el control de las titulaciones pero, a pesar de todo, 'siguen cogiendo a uno y al día siguiente aparecen otros más'.
'El daño económico a nosotros nos importa, pero no tanto como el que hacen a la población. El ciudadano tiene derecho a contar con profesionales, con las técnicas adecuadas y las instalaciones adecuadas para su seguridad y para lo demás. Cuando se coge a un farsante, se extiende la idea de que todo el sector es igual, y no es así, no todos los cirujanos plásticos o estéticos actúan por igual', asegura Rodríguez.
Durante el Congreso que la SECPRE llevó a cabo el pasado mes de junio en La Coruña, se calculó que podría haber en España del orden de 4.000 médicos intrusos sólo en esta especialidad, una cifra, no obstante, difícil de precisar dado el carácter clandestino de su actividad. 'En el sector estético es donde más intrusismo hay, porque hay dinero, y estos furtivos no tienen escrúpulos ni código deontológico ni ética ni preparación, sólo les interesa el dinero y no la salud ni el bienestar de los ciudadanos españoles', apunta el vicepresidente de esta Sociedad Científica.
Petra Vega, secretaria general de la Sociedad Española de Medicina Estética (SEME) calcula que en España hay entre 1.000 y 1.500 médicos estéticos que ejercen en exclusiva, más otros 1.500 profesionales que tienen en este campo una segunda actividad. 'Intrusos hay muchos más', señala, 'porque por cada médico seguro que hay, cinco personas no médicos que están haciendo tratamientos de Medicina Estética.
Vega admite que la lucha contra el intrusismo no está, actualmente, en la senda de ganar la batalla: 'Nuestra Sociedad Científica, al igual que las del resto del sector y los Colegios de Médicos estamos todos unidos pero en realidad no podemos hacer nada. Lo único que hemos hecho es intentar hablar con los responsables de la Administración. Sin embargo, el problema radica en que estos centros donde se hacen prácticas médicas por personas que se hacen pasar por médicos, pese a no ser centros autorizados por Sanidad, sí podrían obtenerlo de los departamentos de Consumo de cada comunidad autónoma'.
'En Cataluña al menos 'agrega este profesional', los responsables de Consumo nos dicen que la única alternativa que nos queda es denunciar estos centros que están en la calle y que anuncian sus prácticas, es decir, que haya una prueba objetivable totalmente, publicitaria, de que están haciendo tratamientos médicos, con lo cual puedes pedir a la Consejería que haga una inspección en el centro. Tú tienes que presentarlo, no es al revés, no es que la Administración de antemano mire qué está pasando, sino que se necesita una denuncia previa y con un hecho objetivable, y esto es muy difícil'.
Los médicos falsarios, además, según Vega, conocen sobre todo cómo no ser detectados y evitan siempre dar detalles en su publicidad sobre los tratamientos, eludiendo, además, proporcionar presupuestos de los tratamientos. Si ya es difícil sorprenderles en sus centros de trabajo habituales, aún más es detectar las prácticas estéticas que, cada vez más a menudo, tienen lugar en los domicilios. 'Se están realizando implantes faciales a domicilio, nos lo han denunciado clientas', afirma Vega. La secretaria de la SEME no se atreve a dar una cifra de negocio. 'Es importantísimo', afirma.
Pese a la dificultad de denunciar estos abusos, esta doctora no ceja en el empeño y en el Congreso de su Sociedad hizo un llamamiento a sus asociados para que le enviasen pruebas, 'fotos, papeles, lo que fuera' de las personas que trabajan sin título o con una reconocida incapacidad profesional para ejercer. El próximo mes de octubre presentará 'entre 12 y 14' casos a la Consejería, 'pero eso es sólo la punta del iceberg'.
Sin reconocimiento
'Lo último que hemos conseguido es que los Colegios de Médicos hagan unos registros de profesionales, en este caso, de Medicina Estética. El Colegio de Médicos de Barcelona, que fue el primero, también da diplomas de capacitación, pero son de momento, hay que advertirlo, diplomas o registros propios de los Colegios de Médicos, porque para las Administraciones central y autonómica no tenemos ningún tipo de reconocimiento', apunta Vega. A la organización colegial barcelonesa le han seguido en la creación de ese registro sus instituciones homólogas de Madrid, Málaga, Sevilla y Valencia.
'Nos prometieron que la LOPS (Ley de Ordenación de las Profesiones Sanitarias) iba a ser nuestra salvación, pero de momento está parada. El área de capacitación específica viene de la especialidad, pero si no te hacen especialidad es como un círculo vicioso', subraya la secretaria de la SEME. 'Los abogados 'añade', nos dicen que no es tan fácil aplicar la LOPS a nuestro sector, pero yo creo que los políticos pueden hacerlo, tiene que haber alguna forma, pero de momento nos van dando reuniones y no soluciones, y esto origina muchísimos problemas en el sector. Éste no es un problema para los médicos de ahora, sino, probablemente, para los futuros profesionales'.
Algunos pasos dados contra el intrusismo sí han resultado efectivos. En 1994, el Colegio de Barcelona dejó fuera de cobertura en el seguro de responsabilidad civil a los médicos que ejercían fuera de centros médicos, 'y si un profesional iba a un salón de belleza a rellenar, en ese momento el seguro no le está cubriendo'. La medida 'atemorizó a los médicos que querían sacarse un sobresueldo en sitios no autorizados'.
Pedro Hidalgo, presidente del Colegio de Médicos de Badajoz y anteriormente vocal de Ejercicio Libre de la OMC, entiende que 'los Colegios de Médicos realmente deberían actuar de oficio cuando sospecharan que existe un caso de intrusismo, muchas veces permitido desde los Colegios provinciales en los anuncios de esas guías sanitarias que los periódicos, incluso, sin mantener otra doctrina que la económica, publican'.
En un paso hacia delante dentro de la concepción clásica de la Medicina, la Comisión de Deontología de la OMC ha calificado, por ejemplo, la acupuntura como acto médico, ejercido solamente por el facultativo. 'Los Colegios de Médicos deberán llevar los registros de esa profesión, es decir, debiéramos actuar evitando esa publicidad engañosa, por no decir ilícita y desleal. Actuando de oficio se evitaría lo que también denominamos intrusismo intraprofesional', expone Hidalgo.
'Una cosa es la titulación y otra la capacitación, una cosa es la competencia y otra el título. A veces, hay médicos que se han formado y cualificado en un área sin tener esa titulación y la están desarrollando brillantemente', expone el presidente del Colegio de Médicos de Badajoz.
Litigio del médico de familia
De hecho, la matización la ha introducido la nueva redacción del Código Penal, en vigor desde mayo de 1996, que diferencia entre título académico y oficial. En este sentido, 'carece de base deontológica la idea de que existe un derecho de propiedad exclusiva de los especialistas sobre determinadas áreas médicas. Parece que solamente ese especialista puede actuar sobre eso, pero no es así, porque entonces entraríamos en litigio cuando un médico de familia hace un electrocardiograma y lo interpreta o una ecografía'.
El Código de Ética y Deontología Médica dice, en su artículo 21.2 que el médico deberá abstenerse de actuaciones que sobrepasen su capacidad, y en su artículo 37.3 que al médico que no posea el título en una especialidad se le prohíbe anunciarse como si fuera tal especialista.
Además, el artículo 36 de la Constitución señala que la ley regulará las peculiaridades propias del régimen jurídico de los Colegios Profesionales y el ejercicio de las profesiones tituladas. 'En el caso de los médicos estéticos no estaban tituladas esas profesiones porque no existía la Medicina estética hasta el Real Decreto 139/03, hasta entonces era Cirugía plástica y reparadora, la 'e' de estética se introduce en el año 2003', matiza Hidalgo.
Los estatutos provinciales que rigen el funcionamiento de los colegiados recogen también diferentes artículos contra las prácticas furtivas: se les prohíbe a los médicos 'tolerar, encubrir o colaborar con quien sin poseer el título de médico trate de ejercer la profesión, practique o haya practicado el intrusismo'. también 'vender o administrar a los clientes, utilizando su condición de médico, drogas, hierbas medicinales, productos farmacéuticos o especialidades propias'. o 'emplear para el tratamiento de sus enfermos medios no controlados científicamente y simular o fingir la aplicación de elementos diagnósticos y terapéuticos'.
'Deberíamos nosotros actuar de oficio para mantener esa limpieza profesional dentro de la profesión en tanto en cuanto se de-
sarrolla el artículo 36 de la Constitución, reconociendo esa posibilidad de intrusismo intraprofesional', añade Hidalgo.
Actuación colegial
En este punto, el presidente de los médicos pacenses admite que la actuación de los Colegios contra la piratería médica se produce sólo si los ciudadanos realizan una denuncia o si hay una publicidad engañosa, 'cuando deberíamos denunciar esos actos de intrusismo intraprofesional, buscando no solamente la titulación sino obligando a la competencia y a la capacitación'.
'¿Es intrusismo intraprofesional que un oftalmólogo haga párpados sin ser cirujano plástico, estético, reparador, o que un cirujano general haga una mastoplastia?, ¿es intrusismo intraprofesional que un otorrino haga la reconstrucción de un cuello?, a lo que hay que añadir ¿está capacitado para ello, se ha formado? Porque, como bien reconoce la Comisión de Deontología, el título de especialista no concede de por sí y de un modo automático y perpetuo la competencia de una especialidad', subraya este facultativo.
Expertos proponen que los Colegios de Médicos puedan actuar de oficio para frenar el intrusismo y la publicidad médica engañosa
Hidalgo propone que los Colegios profesionales caminen 'de la mano de las Sociedades Científicas, que son las que deben de abundar y promover esa capacitación dentro de la especialidad. No podemos dejar a la justicia que siente jurisprudencia sobre algo que tenemos que ir haciendo nosotros, en desarrollo de la LOPS: determinar quién atiende, su titulación y su capacitación'.
La colegiación obligatoria sigue también siendo un arma contra los médicos furtivos, bien sin título bien sin capacidad, y en este sentido la LOPS 'obliga' a que los registros sean públicos 'en las propias páginas web para que los ciudadanos sepan, guardando todos los secretos de la Ley de Protección de Datos, si un médico está capacitado o no, o si existe alguna restricción para el ejercicio.
¿Intrusismo del MIR?
Una de las cuestiones que más debate ha generado, al respecto, es si con su actuación profesional, un médico interno residente comete o no acto de intrusismo en el desempeño de sus funciones formativas cuando trata a un paciente. Algunos autores sostienen que sí puede darse este delito durante este período de tres o cuatro años de formación en el que se realizan actos médicos sin que se esté en posesión, oficialmente, del título de especialista. Sin embargo, el Tribunal Supremo absolvió en 1992 del delito de intrusismo a un estudiante en prácticas de quinto curso de Medicina que desarrollaba su trabajo en Alicante bajo el doble control de dos médicos que actuaban como supervisor y tutor. La actuación del acusado, consistente en el reconocimiento, diagnóstico y tratamiento de un enfermo, no constituyó delito de intrusismo al no haber obrado con autonomía sino buscando siempre la conformidad de sus superiores, y si actuó así lo hizo impelido por los requerimientos de urgencia de los familiares del paciente y enfermeras del centro.
Otra sentencia señala que la prohibición de ejercer la profesión con tal carácter de médico especialista a quienes no lo sean se refiere al ejercicio habitual referido a la especialidad, de tal manera que, ocasionalmente, un médico no especialista puede actuar en circunstancias especiales que lo justifiquen. La jurisprudencia viene exigiendo, para reconocer el intrusismo, requisitos como la ausencia de título, el conocimiento de la ilegitimidad de los actos practicados, y la conciencia y voluntad del sujeto con respecto a su irregular actuación. Es decir, que sólo si la conducta de los MIR cumpliera tales requisitos, incluido el dolo de querer actuar de espaldas a la justicia, podría encontrarse ante un supuesto de intrusismo profesional, penalmente perseguible.