Redacción /E.P." Este 1 de julio entra en vigor el Decreto Foral por el que se crea un registro de voluntades anticipadas, y que ha sido publicado en el Boletín Oficial de Navarra este 30 de junio. Mediante la declaración de voluntades anticipadas, los ciudadanos navarros ya pueden decidir y expresar por adelantado a qué actuaciones médicas quieren someterse en el caso de encontrarse insconscientes o sin las capacidades intelectuales necesarias para decidir. Los que se acojan a esta medida podrán elegir si se les alarga la vida de forma artificial, si se someten a intervenciones agresivas o el destino de sus órganos, entre otras muchas cuestiones. La declaración de voluntades anticipadas, como se denomina, es libre y abarcará el contenido que quiera cada persona.

Se pretende así que "el paciente sea el auténtico protagonista" de las actuaciones médicas que se ejecutan sobre él, ha apuntado el consejero de Salud en funciones, Santiago Cervera, en el que ha sido su última rueda de prensa como titular navarro de Sanidad, quién señaló que este decreto es el "colofón para siete años de trabajo del actual equipo" de Salud, ya que el próximo jueves día 3 de julio tomará posesión de su cargo la nueva consejera de Salud, María Kutz, como ya adelantó EL MEDICO INTERACTIVO (ver edición 11-06-2003).Respecto a su futuro, Cervera aseguró que continuará ligado al mundo de la Sanidad, señalando que "no sé exactamente dónde ni haciendo qué, pero yo me considero un sanitario y voy a seguir en la Sanidad con toda seguridad".

Por otra parte, y según ha recordado Cervera este decreto palia la limitación médica de desconocer qué decidiría el paciente en determinada situación. Todas las declaraciones de los pacientes se recogerán en un archivo informático, que será gestionado por la Dirección General de Salud ( para facilitar su consulta telemática desde los centros sanitarios ), y se prevé que pueda integrarse en un registro a escala nacional. Así,"si uno tiene un accidente en Murcia, los responsables de ese hospital podrán conocer las voluntades del paciente", explicó Cervera.

El acceso al documento de voluntades anticipadas se restringe a las personas autorizadas por el declarante, a su médico responsable o cabeza del equipo que lo atiende y al representante legal declarante, quienes están obligados a guardar secreto al respecto. Estas voluntades anticipadas pueden ser objeto de revocación total o parcial por parte del declarante, siempre que siga el procedimiento ya descrito de inscripción de voluntades.

Esta declaración de voluntades anticipadas supone un "importante avance en la autonomía del paciente y en la calidad asistencial", sostuvo Cervera. Sustituye al método anterior, que otorgaba a médicos y familiares – si los había – la responsabilidad de decidir las actuaciones médicas a que se sometía al paciente y que, en caso de disparidad de opiniones entre los parientes, podía terminar

en los tribunales.

Esta oportunidad que se brinda a los pacientes para decidir sobre su futuro nada tiene que ver con la eutanasia y "no altera el marco general de consideración de la vida humana dentro de la Sanidad", remarcó el todavía titular de Sanidad navarro. "Sólo tiene que ver con anticipar una decisión", la misma que tomaría el paciente directamente en caso de encontrarse consciente y con plenas capacidades intelectuales. Según el consejero en funciones, "no propone ir más allá de los valores de respeto a la vida". Además, esta medida establece que los médicos no podrán tomar en cuenta la declaración del paciente cuando exista contradicción con la legislación vigente, con los avances médicos producidos desde el momento de la declaración o con la evidencia científica disponible.

Existen dos cauces por los que presentar esta declaración. En primer lugar, se puede elaborar ante notario y la misma notaría lo trasladará al departamento de Salud. En este caso el protagonista de la declaración correrá con los gastos de notaría, aunque está prevista la firma de un convenio para facilitar este trámite al menor precio posible, según Santiago Cervera. Otra posiblidad es la de realizar la declaración ante dos testigos mayores de edad y sin relación de parentesco de consanguinidad.