Las primeras palabras de la ministra de Sanidad, Elena Salgado, ya hacían referencia a la reforma de la Ley de Reproducción Humana Asistida como una prioridad para la nueva legislatura, aunque con una premisa que se ha mantenido a lo largo de los, prácticamente, dos años de negociaciones con la comunidad científica y con los partidos políticos: 'Estas cuestiones requieren reflexión y diálogo, pero también entendemos la preocupación de los pacientes y de sus familiares, por lo que actuaremos con rigor pero sin demora'. Esta condición de ir paso a paso se dejó notar en los primeros meses de Gobierno socialista, que decidió no entrar de llenó en la modificación de la normativa sin antes allanar el camino a través de dos Reales Decretos que permitirían la ampliación del número de ovocitos fecundados por ciclo, y regularían el consentimiento informado de los progenitores a la hora de donar sus embriones sobrantes a la ciencia.
El primer paso previo para la reforma de la Ley de Reproducción Humana Asistida, que databa del año 1988, era determinar el número de ovocitos que se podrían fecundar en los procesos de reproducción asistida. La Ley 45/2003, impulsada durante el Gobierno del PP, establecía un máximo de tres ovocitos durante el mismo ciclo para, según recoge el texto, 'evitar la generación de preembriones supernumerarios fuera de los casos en los que sea necesario'. La normativa también recogía una excepción para 'los casos en los que se impida la patología de base de los progenitores' que permitía un aumento del número de ovocitos siempre que esta práctica estuviera asesorada por la Comisión Nacional de Reproducción Humana Asistida y se especificara a través de un protocolo elaborado por el Ministerio de Sanidad. Sin embargo, pese a figurar en el documento, este precepto no se llevó finalmente a cabo durante la última legislatura, según comunicó en su día el propio Gobierno socialista, que decidió impulsar un Real Decreto para suprimir esta limitación.
La autorización de las técnicas de reproducción asistida con fines terapéuticos se realizará, tal como queda establecido, en casos exclusivos y previo informe de la Comisión Nacional de Reproducción Asistida
La normativa aprobado el 23 julio de 2004 en Consejo de Ministros pretendía, por tanto, paliar los problemas que planteaba esta limitación que, aunque su objetivo era evitar la acumulación en los últimos años de preembriones humanos sobrantes de los procesos de fertilización, también reducía las probabilidades de resultados positivos en las técnicas de reproducción asistida en una práctica cuya tasa de éxito era ya de por sí baja. Con estos atenuantes, la nueva norma dejaba en manos de los médicos cuántos ovocitos debían ser fecundados en cada ciclo.
'El número de ovocitos que haya de ser fecundado en cada caso, siempre dentro del objetivo de reducción del número de preembriones crioconservados, vendrá determinado por los criterios clínicos de los profesionales responsables del proceso de reproducción asistida correspondiente, debiendo quedar reflejada en la historia clínica la tipología fisiopatológica que justifica la decisión en cada caso', tal como recoge este Real Decreto, que impone como condición que los progenitores firmen, ante todo, un compromiso de responsabilidad sobre sus preembriones supernumerarios, que 'serán conservados por un plazo equivalente a la vida fértil de la mujer'.
Con este procedimiento, no sólo se permite abrir mayores posibilidades para la fertilidad, sino que también supone un alivio para las mujeres, que evitaban de esta manera pasar nuevamente por la estimulación ovárica, un proceso doloroso y traumático.
Células madre preembrionarias
para la investigación
Así, la nueva Ley de Reproducción Humana Asistida empezaba a tomar cuerpo, aunque todavía quedaba un fleco antes de abordar definitivamente su reforma: la utilización de los preembriones sobrantes. Desde el primer reconocimiento legal de estas prácticas en 1988, los progenitores podían donar sus preembriones sobrantes sólo para la procreación por parte de otras parejas. Estas condiciones se ampliaron sobre el papel con la nueva normativa de 2003, que permitía también la donación para fines de investigación, aunque 'no fue desarrollada en la práctica', según puntualizaron los responsables del actual Ministerio de Sanidad. Su uso para la investigación se permitió tras el visto bueno dado por el Consejo de Ministros del 29 de octubre de 2004, que aprobó otro Real Decreto que desarrollaba un procedimiento que permitía a las parejas dar 'su consentimiento informado a la donación de sus preembriones para proyectos concretos de investigación'.
La Ley de Reproducción Asistida está redactada con la idea de no quedar desfasada por el avance imparable de la ciencia
Con esta donación, los progenitores renunciaban a todo derecho económico y patrimonial sobre los resultados de las investigaciones. Por su parte, los responsables de estos proyectos científicos debían presentar en sus solicitudes una información concisa sobre sus objetivos, incluido la relevancia y excelencia científica. sus fases, plazos y aplicación clínica. el presupuesto del proyecto y la cualificación profesional tanto del investigador principal como del resto de sus colaboradores, entre otros aspectos. Además, estos proyectos deberán contar también con el consentimiento de la Comisión de Seguimiento y Control de la Donación y Utilización de Células y Tejidos Humanos, un órgano dependiente del Centro Nacional de Trasplantes y Medicina Regenerativa, antes de su evaluación por parte de las autoridades sanitarias. En este sentido, Salgado aclaró que con estos requisitos previos se iba a asegurar que estas células madres preembrionarias estarían destinadas a proyectos serios que en ninguno de los casos podrán llevarse a cabo con animales, y que serán sometidos a un análisis muy cuidadoso por parte de una Comisión dependiente del propio Ministerio de Sanidad.
La búsqueda de una norma 'menos confusa'
Tras estos movimientos previos, el Ministerio de Sanidad se puso manos a la obra para la modificación de la Ley de Reproducción Humana Asistida, cuyo origen data de 1988. En aquella normativa que regulaba este tipo de práctica por primera vez en nuestro país y en el que se incluía todas las técnicas de reproducción asistida: la inseminación artificial, la fecundación in vitro, con transferencia de embriones y la transferencia intratubárica de gametos, con el condicionante de que se realicen en centros y establecimientos sanitarios y científicos autorizados y acreditados, y por equipos especializados.
Años después, el Gobierno del Partido Popular impulsó una nueva ley que modificó varios preceptos de la Ley de 1988, en especial en cuestiones como la limitación de preembriones humanos sobrantes en los procesos de fertilización. Precisamente, la propio ministra de Sanidad, Elena Salgado, ha criticado abiertamente esta normativa, a la que calificó de 'confusa' al establecer unos límites que 'no se justifican desde el punto de vista científico' y que se regían en 'criterios pseudomorales' ante una práctica médica en la que se han depositado 'enormes esperanzas' para la prevención y tratamiento de enfermedades como el Alzheimer o el Parkinson. Incluso, llegó a acusar a los Populares de 'atender la petición derivada de las instancias conservadoras de la jerarquía eclesiástica pese a favorecer a un mayor coste y frustración a las parejas'.
Con los cimientos asentados gracias a la aprobación anterior de los dos Reales Decretos, el Gobierno se enfrascó en la redacción de un proyecto de ley que recibió en primer lugar el respaldo de la Comisión Nacional de Reproducción Humana Asistida y, posteriormente, en mayo, fue aprobada en Consejo de Ministros para que iniciara su proceso parlamentario. De hecho, el penúltimo escalón para su entrada en vigor lo superó el pasado 16 de febrero, cuando consiguió el respaldo mayoritario del Congreso de los Diputados, a excepción de Partido Popular y Convergencia i Unió, que votaron a favor sólo de manera parcial.
La polémica de los 'bebés medicamento'
Sin embargo, la Ley no escapa a aspectos rodeados de fuerte polémica como el de la ampliación de los usos de las técnicas de diagnóstico preimplantacional. Además de mantener la autorización de su práctica para la prevención de enfermedades hereditarias graves no susceptibles de curación tras el nacimiento u otras alteraciones que comprometan la viabilidad del preembrión, Sanidad ha incluido la posibilidad de autorizar estas técnicas con fines terapéuticos a terceros. Esta concesión, que se realizaría en casos exclusivos y después de obtener un informe favorable de la Comisión Nacional de Reproducción Asistida, ha enervado los ánimos del Grupo Popular, que ha denunciado que 'este normativa abre el camino a los bebés medicamento', según ha manifestado en numerosas ocasiones el portavoz del PP en la Comisión de Sanidad del Congreso, Mario Mingo.
Uno de los puntos en los que se ha constatado acuerdo político ha sido en cuanto al rechazo rotundo a la clonación de seres humanos
Por el contrario, Salgado ha mostrado su incomprensión por la actitud 'de quienes califican de inmoral tener un hijo con el propósito, además de quererlo, de salvar la vida de terceros', a la vez que ahondaba en los beneficios que contrae el nacimiento de un niño 'con el don de salvar a otros'.
Las quejas de los populares no sólo se resumen en el diagnóstico preimplantacional, sino que también inciden en la salud de la mujer. Mingo ha señalado, al respecto, que la eliminación de las limitaciones del número preembriones usados puede generar estimulaciones excesivas en las mujeres que 'van en contra de los criterios médicos vigentes no sólo en España, sino en Europa, que marcan límites en defensa de la salud de la futura madre'. El Gobierno, por su parte, ha expuesto que aunque todas las mujeres mayores de 18 años podrán ser receptoras o usuarias de estas técnicas, 'cuando las mismas demuestren que haya posibilidades reales de éxito, cuando no haya riesgo grave para la salud de la mujer o la posible descendencia y siempre se dé la aceptación libre y consciente de la mujer y de su pareja en los casos de que ésta esté casada.
Rechazo rotundo
a la clonación humana
En una cuestión en la que sí están de acuerdo tanto populares como socialistas es en su rechazo rotundo a la clonación de seres humanos. De esta manera, la Ley de Reproducción Humana Asistida se alinea en sintonía con el texto de la Constitución Europea. No obstante, esa negativa presentada por el Gobierno y la oposición no parece tener el mismo reflejo en la jerarquía eclesiástica, que considera la nueva norma 'como una de las primeras del mundo que da licencia para clonar seres humanos'. Así lo expuso un día antes de su visto bueno en la Cámara Baja la Conferencia Episcopal Española (CEE), que, incluso, señaló que 'las técnicas que suplantan la relación personal de los padres en la procreación no son conformes con la dignidad de la persona y arrastran consigo serios males para las personas, incluidos graves atentados contra las vidas humanas incipientes, es decir, contra los hijos'.
Igualmente, la Ley guarda especial sigilo para prevenir la existencia de las denominadas madres de alquiler. En este sentido, establece 'nulo de pleno derecho el contrato por el que se convenga, con o sin precio, a cargo de una mujer que renuncie a la filiación materna a favor del contratante o de una tercera persona', según recoge el texto que debe recibir el voto a favor de la Cámara Alta para su entrada en vigor definitiva.
Una ley abierta a las técnicas
experimentales
La Ley de Reproducción Asistida está redactada con la idea de no quedar desfasada por el avance imparable de la ciencia. En principio, reconoce las técnicas de reproducción asistida acreditadas clínicamente en la actualidad, como es el caso de la inseminación artificial, la fecundación in vitro e inyección intracitoplásmica de espermatozoides, con gametos propios o de donante y con transferencia de embriones. o la transferencia intratubárica de gametos. Pero, a su vez, la normativa permitirá a las autoridades sanitarias que dicten una autorización para la aplicación de novedosas técnicas para su práctica provisional y tutelada y que se podrán llevar a cabo únicamente de forma experimental.
En esta línea, el secretario de la Comisión Nacional de Reproducción Asistida, Javier Rey, ha resaltado la viabilidad de estas técnicas experimentales, puesto que implicarán una mayor facilidad a la hora de adecuar con mayor rapidez la legislación a los avances científicos y técnicos que se puedan registrar en un futuro próximo. De todos modos, la puesta en marcha de estas investigaciones cuenta con las restricciones oportunas impuestas por la propia Comisión, que deberá emitir en todo momento un informe favorable antes de que den comienzo estas prácticas. Además, si dichas investigaciones concluyen con el descubrimiento de alguna evidencia científica, el Gobierno podrá incluir esta práctica dentro de la lista de técnicas autorizadas a través de un Real Decreto.
Más oportunidades de trabajar
con preembriones sobrantes
El Real Decreto que permitía la investigación con células madre preembrionarias tuvo su continuación en la reforma de la Ley, que generalizó las posibilidades de investigación. De esta manera, el Gobierno suprime la limitación establecida en la normativa del año 2003, por la que la comunidad científica sólo podía investigar aquellos embriones que hubieran sido congelados antes de la entrada en vigor de la normativa impulsada según lo regulado por el Ejecutivo del PP.
Asimismo, el texto de la futura ley mantiene la necesidad de contar con el consentimiento informado de la pareja o de la mujer, así como que los proyectos que se realicen por parte de los grupos de investigación se lleven a cabo en centros autorizados que cuenten con equipos científicos cualificados.
La eliminación de los límites de ovocitos fecundados en cada ciclo reproductivo también queda recogido en el texto, aunque acompañado de la oportunidad de conservarlos criogenizados. Así, los preembriones sobrantes de la aplicación de las técnicas de fecundación 'in vitro' que no sean transferidos a la mujer en un ciclo reproductivo podrán ser crioconservados en bancos autorizados y se podrá prolongar hasta el momento en el que los responsables médicos consideren que la donante reúne los requisitos adecuados para la práctica de las técnicas de reproducción asistida. Al igual que los ovocitos, el semen podrá crioconservarse en bancos de gametos durante la vida del donante.
En este sentido, la donación de gametos y preembriones se formalizará, según recoge la reforma de la futura Ley, a través de un contrato gratuito entre el donante, que debe ser mayor de edad y demostrar que tiene un buen estado de salud física y psíquica, y el centro, que tiene toda la responsabilidad a la hora de elegir la donación.
Registro de actividad
de los centros
de Reproducción Asistida
Las donaciones serán anónimas, por lo que se garantiza la confidencialidad de los datos. Para esta misión, el Ministerio de Sanidad creará un Registro Nacional de Donantes de gametos y preembriones con fines de reproducción humana, aunque no será el único que constituirá para velar por el cumplimiento de la Ley. También procederá a la creación de un Registro de actividad de los centros de reproducción asistida, en el que se recabarán datos acerca de la tipología de las técnicas y procedimientos llevados a cabo en cada lugar así como las tasas de éxito.
Esta serie de condicionantes servirán para informar a los ciudadanos sobre la calidad de cada uno de estos centros de Reproducción Asistida. Además de los datos para certificar las excelencias de cada centro, el registro contabilizará el número de embriones existentes en cada instalación. Con esta decisión, se suprime la obligación impuesta por la anterior Ley de enviar los preembriones sobrantes al Centro Nacional de Medicina Regenerativa.
La ventaja que reúne este registro también se observa en su capacidad sancionadora. Los centros autorizados para la aplicación de técnicas de reproducción asistida están obligados a presentar una información anual de sus actividades y de la calidad de su equipamiento y de su personal. La normativa recoge pues infracciones leves, graves o muy graves para los que no cumplan con los requisitos establecidos y que pueden derivar en multas económicas que pueden alcanzar los 1.000 euros, en el caso de las sanciones más leves, y al millón de euros, cuando el centro incurra en una irregularidad muy grave. Para determinar el coste de estas sanciones, los responsables del Registro valorarán la cuantía del beneficio obtenido, el grado de intencionalidad o la gravedad de la alteración sanitaria, entre otras cuestiones.
Enmiendas con carácter social
Antes de su aprobación en el Congreso, el Gobierno aceptó la mitad de las 110 enmiendas presentadas a la Ley. La negativa a la libre disposición de embriones en los centros privados fue la enmienda que aglutinó mayor consenso, al igual que aquéllas de marcado carácter social, como la no discriminación de las personas con discapacidad para el uso de estas técnicas de reproducción asistida o la no distinción de la orientación sexual de las mujeres para preservar su derecho a la maternidad. Peor suerte corrió la enmienda presentada por Ezquerra Republicana de Catalunya, que fue finalmente desestimada. ERC proponía la posibilidad de que los padres pudieran seleccionar el sexo de su hijo por razones de interés social, como el caso de una pareja que tenga dos hijos del mismo sexo y quisiera elegir el sexo del tercero para 'conseguir un adecuado equilibrio familiar'.
El Senado es el próximo lugar de debate de la Ley, en el que algunos partidos, como el PP o CiU, intentarán nuevamente incluir mejoras al documento. Mientras, los Populares insistirán en que la normativa 'carece de justificación clínica, favorece a las clínicas privadas, induce la especulación económica, perjudica la salud de la mujer y no mejora el acceso a estas técnicas', los nacionalistas catalanes tratarán de incluir enmiendas sobre el concepto de embrión y la consolidación de algunas garantías incluidas en el articulado.
Cualquier mujer mayor de 18 años puede ser receptora de estas técnicas siempre que existan posibilidades de éxito o no haya riesgo grave para su salud
La Cámara Alta será, por tanto, el último trámite para una Ley cuya principal misión es la de facilitar al máximo que las parejas o las mujeres solas con problemas de fertilidad alberguen esperanzas para poder tener un hijo. De hecho, los estudios revelan que el 15 por ciento de las parejas en edad reproductiva recurren a estas técnicas para tener descendencia. Pero, más allá de esta importante pretensión, se encuentra un nuevo campo de posibilidades para el mundo de la investigación, que puede hallar en esta Ley la fórmula mágica para la prevención y tratamiento de enfermedades que, hasta la fecha, son incurables.