Jubilarse de forma ordinaria en el año 2024, depende de la edad y de los años cotizados
Este año, después de publicar un informe sobre jubilación activa de Médicos de Familia y Pediatras de AP y otro de jubilación demorada, el Centro de Estudios del Sindicato Médico de Granada, continúa con un informe sobre la jubilación ordinaria. La primera idea que destaca…
Este año, después de publicar un informe sobre jubilación activa de Médicos de Familia y Pediatras de AP y otro de jubilación demorada, el Centro de Estudios del Sindicato Médico de Granada, continúa con un informe sobre la jubilación ordinaria.
La primera idea que destaca el informe es que la jubilación ordinaria en el año 2024, depende de la edad y de los años cotizados. Lo primero que tienen que saber los médicos es que, al jubilarse perderán mucho con relación a lo que vienen cobrando en activo, sobre todo si aún realizan guardias. Esto sucede porque, aunque la inmensa mayoría cotizamos por el tipo máximo, en el régimen general para el grupo 1 (Ingenieros y Licenciados) que para el año 2024 es de 4.720,5 euros/mes doce meses al año (56.646,00 al año se prorratean las extras), hay una parte de la nómina, sobre todo si se hacen guardias, por la que no se cotiza y por tanto no genera derechos.
Requisitos a tener en cuenta
Por otra parte, cabe tener en cuenta que en el año 2024 para acceder a la jubilación ordinaria por edad, en el régimen general se necesita: estar en alta o situación asimilada al alta y tener cumplidos los 65 años si se tienen cotizados 38 años o más. Asimismo, es necesario tener cumplidos 66 años y seis meses con menos tiempo cotizado del que se le exigía en el año que cumplió los 65 años. Estos requisitos se incrementan cada año hasta llegar al año 2027, en el que para jubilarse con 65 años son necesarios 38 años y seis meses o más cotizados y en caso contrario la jubilación es a los 67 años. Por otra parte, son necesarios un mínimo de 15 años cotizados (5.475 días) y 2 años deberán estar comprendidos dentro de los 15 años inmediatamente anteriores al momento de causar el derecho.
Evitar pérdidas en la jubilación ordinaria
Para tratar de evitar esta gran pérdida de poder adquisitivo hay pocas posibilidades, la más fácil es hacerse uno o varios planes de pensiones, que tienen un buen tratamiento fiscal, al descontar lo aportado de los ingresos, hasta ciertos topes, desde el año 2022 se ha rebajado hasta 1.500 euros/año desde los 2.000 del año 2021 y los 8.000 de años anteriores en los planes individuales. Así, las aportaciones pueden suponer un ahorro fiscal de hasta el 45 por ciento de lo aportado, aunque al percibirlo como complemento mensual, una vez jubilado hay que pagar impuestos, con un porcentaje menor, retenciones del 22 o 23 por ciento o más, depende el importe a percibir, aunque repercute, hasta el 37 por ciento para pensiones máximas, al incrementar la cuota a pagar por toda la pensión.
Otras opciones posibles
También es posible, continuar en activo y demorar la jubilación, pues por cada año completo de atraso de la jubilación después de la edad legal, la pensión se incrementa en un 4 por ciento, importe que puede superar la pensión máxima, pero no el tope máximo de la base de cotización de la Seguridad Social (4.720,50 euros/mes es decir 56.646 al año) o el haber regulador en clases pasivas (49.914,06 euros al año), el importe se revaloriza cada año y se abona en 14 pagas.
Otras posibilidades pasan por el ahorro y la inversión de todo tipo, incluida la compra de vivienda para alquilar, aunque tiene evidentemente muchos riesgos