E.P. Madrid.- El Pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha
propuesto al Gobierno, por 20 votos a favor y 1 en contra, que decrete la
prohibición expresa del uso de ovocitos descongelados en el desarrollo
de 'experimentos o investigaciones con fin experimental', limitando su
utilización a fines reproductivos, según han informado fuentes del
Consejo.
El Consejo aprobó el informe preparado por su Comisión de Estudios
sobre el proyecto de Real Decreto del Gobierno para regular las
experiencias controladas de fecundación de ovocitos o tejido ovárico
previamente congelados.
El informe contó con el único voto en contra de Josep Alfons López Tena,
vocal elegido a propuesta de CiU, que expondrá en un voto particular su
desacuerdo con la opinión mayoritaria del Consejo, al entender que hace
una interpretación restrictiva del Decreto, ya que la nueva normativa no
prohibe expresamente el uso de los ovocitos con fines que no sean
reproductivos.
Posición del vocal de CiU
López Tena ha explicado que comparte el contenido del Decreto y que no
cabe modificarlo, máxime cuando fue aprobado a propuesta de la
Comisión Nacional de Reproducción Asistida. En su opinión, el proyecto
de decreto autoriza el uso de ovocitos con fines reproductivos, pero no
prohibe por ello otro tipo de experimentos.
Sin embargo, para el Pleno del Consejo, en las experiencias reguladas
en el proyecto de Real Decreto, 'dado que consisten en la fecundación
de ovocitos y tejido ovárico previamente congelados, no cabe legalmente
que tengan otra finalidad distinta a la procreación'.
Tras señalar en su informe que de la literalidad de la Ley 35/1988 sobre
Técnicas de Reproducción Humana Asistida 'no se deduce una
prohibición absoluta a la técnica de la crioconservación de óvulos con
fines reproductivos', el órgano de gobierno de los jueces entiende que
con el proyecto de Real Decreto se integra la autorización que
contemplaba la ley para el momento en que hubiera 'garantías' sobre la
viabilidad de los ovocitos descongelados.
A su juicio, con el Real Decreto se alza la prohibición que existe con
carácter general, 'si bien de manera restringida pues no se abre la vía de
la crioconservación de ovocitos y tejido ovárico y su fecundación con
carácter general, sino que se establece una serie de requisitos para la
autorización de 'experiencias controladas', autorización que habrá de ser
individual y específica para cada proyecto'.
En este sentido, el CGPJ considera que tanto el título del proyecto del
Real Decreto como el artículo 1 'pueden dar lugar a equívocos sobre su
objeto y sobre la finalidad que se persigue con las experiencias
controladas'. Por este motivo, señala que debe quedar claro que las
fecundaciones se autorizan 'no para una tarea de investigación como fin
en sí mismo, sino que se fecunda en el curso de una intervención de
reproducción asistida'.
Asimismo, aconseja al Gobierno que precise 'sobre qué recae' la
autorización de una determinada experiencia y que, dentro de los
mecanismos de control y vigilancia, 'se prevean los supuestos en los
que sea oportuno que deba revocarse o suspenderse la autorización' en
el caso de registrarse un 'acontecimiento adverso grave'. A su juicio, el
Ministerio de Sanidad debería quedar apoderado para acordar una
revocación o suspensión de la experiencia.
Seguro de responsabilidad civil
Por otro lado, según el decreto elaborado por el Gobierno, los
responsables de este tipo de investigaciones deberán contratar un
seguro de responsabilidad civil que cubra tanto las responsabilidades
de los profesionales como las del titular del centro donde se realice la
experiencia.
Asimismo, los proyectos de estas experiencias deberán incluir, para
poder ser aprobados por las autoridades sanitarias, los datos de los
profesionales participantes, información científica sobre la experiencia,
relación de posibles acontecimientos adversos, y un informe del comité
ético del centro de que se trate, entre otros requisitos.
Según se desprende del informe del CGPJ sobre el texto, los centros que aspiren a realizar estas experiencias deberán garantizar que cuentan con una serie de recursos materiales y humanos, así como con programas funcionales.
Asimismo, el proyecto de Real Decreto, que cuenta con seis artículos y
tres disposiciones finales, establece la obligatoriedad como requisito
previo para estas experiencias de contar con el informe favorable de la
Comisión Nacional de Reproducción Humana Asistida, y ser autorizadas
por las Comunidades Autónomas, aunque el Ministerio de Sanidad
tendrá que dar el visto bueno cuando se trate de proyectos en los que
participen centros de diferentes autonomías.