C.Nicolás, Madrid.-Tal como se puso de manifiesto en el recién celebrado XI Congreso de la Asociación Española de Derecho Sanitario, existe preocupación por la demora que comienza a registrarse en el desarrollo, por parte del Ministerio de Sanidad, de la normativa sobre la Carrera Profesional, pues podría malograrse el objetivo previsto con su reconocimiento en la legislación.

Así se expuso en la mesa redonda que, dentro del referido Congreso, abordó el tema de "La carrera profesional, compromiso central del Estatuto Marco". En la misma, moderada por Ignasi Pigdevall Borrell, jefe de la Asesoría Jurídica del Colegio Oficial de Médicos de Barcelona, participaron Ana Pastor, ex ministra de Sanidad y Consumo y actualmente responsable de la política sanitaria del Partido Popular (PP). Juan Antonio Sagardoy, catedrático de Derecho del Trabajo. y José Joaquín Jiménez Sánchez, presidente de la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional.

Pastor justificó la labor legislativa que, con evidente repercusión sobre el reconocimiento de los profesionales, se llevó a cabo durante su etapa al frente del Ministerio de Sanidad. La impulsé, dijo, porque eran leyes que estaban esperando los profesionales, pues son básicas para el desarrollo profesional.

Además, la política de personal había quedado un tanto dispersa y se habían comenzado a registrar muchos despropósitos después de que, en 2001, hubiera concluido el proceso de transferencia de la gestión de la asistencia a las Comunidades Autónomas. A lo que se añadió un hecho complementario, la necesidad de trasponer las directivas comunitarias.

La ex ministra subrayó la importancia de la normativa aprobada por cuanto, según dijo, vino a sustituir instrumentos obsoletos, nada incentivadores, y se pretendió estimular el reconocimiento social de los profesionales que más valen. "Ahora -dijo Pastor- la responsabilidad de su desarrollo está en el Ministerio de Sanidad y es urgente hacerlo". "Sería triste que, después de haber esperado 15 años a aprobar el Estatuto Marco, ahora no se haga nada", lamentó. Y pidió que 2005 sea el año de los reglamentos, máxime cuando hay 13 normas por desarrollar

Para Juan Antonio Sagardoy, el segundo de los ponentes, la aprobación el Estatuto de personal autónomo responde a la necesidad de garantizar su seguridad jurídica. Y justificó la promulgación de la Ley 16/2003, de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional para acabar con la normativa precaria y arrastrada de tiempos anteriores por la que se regía el régimen de personal.

En cuanto a la Ley 44/2003, de Ordenación de las Profesiones Sanitarias (LOPS), Sagardoy explicó que se configuraba como una de las políticas más importantes en relación con los recursos humanos, pues materializa las expectativas de progreso del personal. De todos modos, señaló que tiene un inconveniente como es el no recoger mecanismos para quienes no deseen integrarse en el plan de Carrera Profesional o lo hagan sólo con una finalidad personal.

El catedrático de Derecho de Trabajo abundó sobre la progresiva funcionarización que se está produciendo entre el personal estatutario, aunque abogó por combatir en contra la burocratización que se registra en la labor asistencial, para lo que consideró positiva la negociación colectiva. En este punto, defendió la existencia de convenios franja. Por último, Sagardoy urgió la aprobación de los criterios de homogeneización y homologación para evitar que se produzca una ruptura en el sistema.

Estatuto Marco

Desde el punto de vista de la Magistratura, José Joaquín Jiménez, elogió la aparición de la Ley 55/2003, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, por haber venido a poner fin a uno de los problemas del mundo laboral como es la dispersión normativa y, en consecuencia, la excesiva jurisprudencia generada al respecto. Aunque al referirse a los aspectos retributivos, Jiménez apuntó que el Estatuto Marco exponía las bases reguladoras de lo que conforma una relacional funcionarial especial, aunque bastante laboral. Y llamó la atención sobre el hecho de que tales aspectos no se recogían tan solo en dos preceptos, sino que había referencias importantes a los mismos hasta el 14.

De entre los puntos destacados del Estatuto Marco, el magistrado citó el derecho a la negociación colectiva, la concreción normativa a las características de los servicios y la acomodación de la misma a los aspectos propios del ejercicio profesional. En cuanto a las cosas que echaba de menos en la norma, Jiménez explicó que se había perdido una oportunidad "para haber determinado cuál era la jurisdicción competente de este personal" y criticó que, de acuerdo con la legislación laboral, no se hubiera contemplado la justicia gratuita para el personal sanitario por cuenta ajena. Asimismo, el magistrado señaló que no quedaba claro si la percepción del complemento específico debería llevarse a cabo en régimen de dedicación exclusiva.