reglamento aprobado tiene por objetivo conseguir una única estructura autonómica en la Atención Especializada y un sistema sanitario con identidad propia, tras la asunción de competencias sanita
24 de agosto 2011. 3:58 pm
Redacción, La Rioja.- El Gobierno de La Rioja ha dado luz verde al Decreto por el que se aprueba el reglamento sobre la estructura, organización y funcionamiento de los hospitales gestionados por el Servicio Riojano de Salud, con la finalidad de establecer una estructura única…
Redacción, La Rioja.- El Gobierno de La Rioja ha dado luz verde al Decreto por el que se aprueba el reglamento sobre la estructura, organización y funcionamiento de los hospitales gestionados por el Servicio Riojano de Salud, con la finalidad de establecer una estructura única en la Atención Especializada de los hospitales de la Comunidad Autónoma de La Rioja. Esto refleja la voluntad manifestada por el Gobierno de La Rioja de tener una norma legislativa autónoma y dejar de aplicar el Real Decreto que poseía el antiguo Insalud, informa el Gobierno regional en un comunicado.
Asumidas las competencias en materia de asistencia sanitaria, los centros sanitarios de la Seguridad Social quedaron integrados en el Servicio Riojano de Salud de la Comunidad Autónoma de La Rioja. El reglamento aprobado tiene por objetivo conseguir una única estructura autonómica de todos los centros y un sistema sanitario con identidad propia.
Con la nueva organización se busca un mejor aprovechamiento de los recursos personales y sanitarios, además de la coordinación funcional de los centros hospitalarios gestionados por el Servicio Riojano de Salud entre sí y con otros hospitales que puedan existir, aunque tengan fórmulas de gestión diferenciada, en el sistema público de Salud de La Rioja.
El decreto establece que el Hospital, junto a sus correspondientes centros de especialidades, es la estructura sanitaria responsable de la Atención Especializada, programada y urgente, tanto en régimen de internamiento, como ambulatorio y domiciliario de la población de su ámbito territorial. En la norma se desarrolla la estructura interna de los hospitales, que será gerencial, y las diferentes funciones y actividades de los hospitales, que se agruparán básicamente en las siguientes áreas organizativas: médica, de enfermería, de gestión y servicios generales. Se ha optado por una estructura menos encasillada y más flexible, que permita crear una organización adaptada a las necesidades asistenciales.
Además, se especifican las funciones del órgano colegiado de Dirección del hospital, que es la Comisión de Dirección, de los puestos directivos y de los órganos colegiados de participación y asesoramiento.