crean los registros nacionales de implantes cardíacos, de columna vertebral y de prótesis de cadera y mama
24 de agosto 2011. 3:52 pm
Redacción, Madrid.- El Ministerio de Sanidad y Consumo ha aprobado una Orden Ministerial por la que se crean los Registros Nacionales de Implantes, lo cual permitirá disponer de una información que redundará en la mayor efectividad del sistema de vigilancia al posibilitar la rápida localización…
Redacción, Madrid.- El Ministerio de Sanidad y Consumo ha aprobado una Orden Ministerial por la que se crean los Registros Nacionales de Implantes, lo cual permitirá disponer de una información que redundará en la mayor efectividad del sistema de vigilancia al posibilitar la rápida localización de los pacientes portadores de un determinado implante sobre los que pueda requerirse efectuar medidas sanitarias.
Del mismo modo, esta información contribuirá al conocimiento de los resultados a largo plazo de los implantes en orden a su utilización en la investigación y desarrollo de los mismos y en la toma de decisiones en materia de salud por las autoridades sanitarias, informa el Ministerio en un comunicado.
Con este objetivo se crean los Registros Nacionales de implantes activos, implantes cardíacos e implantes vasculares del sistema circulatorio central, implantes del sistema nervioso central, implantes de columna vertebral, prótesis de cadera, prótesis de rodilla, prótesis mamarias y lentes intraoculares.
Estos registros podrán abarcar todos los productos sanitarios de cada uno de los implantes o prótesis o bien tipos concretos de los mismos.
Titularidad
La titularidad de los Registros Nacionales de Implantes corresponde a la Agencia Española del Medicamento y Productos Sanitarios. En la captación, gestión y tratamiento de los datos sanitarios necesarios para el funcionamiento de los registros se adoptarán todas las medidas oportunas para garantizar la confidencialidad, conforme a lo previsto en la Ley de Protección de Datos.
Los datos que figuren en estos registros sólo podrán ser utilizados a efectos de investigación, con la debida autorización de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios, para el funcionamiento del sistema de vigilancia de productos sanitarios y para la toma de decisiones en materia de salud por las autoridades sanitarias.