Redacción, Barcelona.-Desde la Sociedad Española de Medicina y Cirugía Cosmética, (SEMCC), se pretende destacar la trascendencia de algunos hechos acontecidos durante los últimos días como la reciente aprobación, por el Consejo de Ministros, el pasado viernes 7 de febrero del Real Decreto por el que…
Redacción, Barcelona.-Desde la Sociedad Española de Medicina y Cirugía Cosmética, (SEMCC), se pretende destacar la trascendencia de algunos hechos acontecidos durante los últimos días como la reciente aprobación, por el Consejo de Ministros, el pasado viernes 7 de febrero del Real Decreto por el que se actualiza la regulación de la Formación Médica Especializada, así como la presentación por el Departamento de Sanidad de la Generalitat de Cataluña de los requisitos mínimos para la autorización de los Centros de Medicina Estética.
En opinión de esta entidad científica, 'estas actuaciones suponen un claro avance para el esclarecimiento y ordenamiento del sector de cara a la opinión pública, ya que establecen algunos de los criterios a tener en cuenta a la hora de escoger un médico o un centro para tratar los inestetismos'.
La SEMCC reseña, en el caso del R.D, que 'éste establece el procedimiento para la revisión y actualización de los programas de formación en cada una de las especialidades médicas y modifica también la denominación de determinadas especialidades médicas, entre ellas la de Cirugía Plástica y Reparadora, que pasa a denominarse Cirugía Plástica, Estética y Reparadora, denominación más descriptiva del campo profesional de estos médicos especialistas'.
Sin embargo, para esta Sociedad quedan aún muchas cuestiones a resolver, y entre las más acuciantes la regulación de la medicina estética y la cirugía cosmética, que ya ha definido, por ejemplo, el Colegio de Médicos de Barcelona como el conjunto de prescripciones, actos médico-quirúrgicos, técnicas y procedimientos, destinados a mejorar total o parcialmente los aspectos inestéticos, o juzgados como tales por el propio paciente, sean constitucionales o adquiridos por cualquier causa; y también aquellos, así como los estados de disconfort general (memoria, sueño, sexo, etc.), consecuencia del envejecimiento fisiológico.
Tal como recuerda esta entidad científica, 'la actividad de los profesionales que ejercen la Medicina y Cirugía Cosmética se dirige exclusivamente a personas sanas, que no presentan ningún tipo de enfermedad, que desean sentirse mejor con su propia imagen, conseguir una belleza según criterios las más de las veces subjetivos, influenciados sin duda por las modas, las costumbres, los ambientes, etc.'.
Su presidente, el doctor Víctor García Giménez, destaca, en este sentido, que 'es importante recordar que en el contexto de la medicina y cirugía cosmética no cabe anteponer lo accesorio a lo vital, y por lo tanto se trata de procedimientos diagnósticos, preventivos y terapéuticos que se aplican sobre personas sanas'.
Se especifica desde la SEMCC que 'la Medicina y Cirugía Cosmética contemplan las actuaciones terapéuticas exclusivamente sobre los elementos externos del cuerpo humano: piel, anejos (glándulas sebáceas y sudoríparas, pelo, uñas), sistema venoso superficial y tejido graso subcutáneo. Ello conlleva la utilización de procedimientos médicos y/o quirúrgicos simples; en el caso de los tratamientos intervencionistas, la mayoría de los actos, técnicas y procedimientos se desarrollan sin anestesia o bajo simple anestesia local, con discreta o nula sedación, y en régimen ambulatorio'.
'La SEMCC -según constata su presidente- desea ratificarse en su voluntad de seguir reclamando para la actividad profesional que desarrollan más de 3.000 médicos en España, aproximadamente, una titulación o habilitación, configurada en torno a la formación (postgrados universitarios y formación continuada) existente ya en la actualidad.