Antonio Morente, Sevilla .- El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha acabado por dar la razón a la Asociación Sindical de Trabajadores e Interinos de la Sanidad Andaluza (Astisa) y ha declarado nulo el decreto 232/1997, en el que se basó el Servicio Andaluz de Salud (SAS) para convocar la Oferta Pública de Empleo con la que, en 1997, se intentó paliar parcialmente el problema de los interinos. El fallo, que es firme y ante el que no cabe recurso ordinario, tiene en cuenta que el Real Decreto 118/1991, en el que se basaba el 232, fue anulado por el Tribunal Constitucional, al considerar que no se podía aplicar como norma básica para el Estado por incluirse en la Ley de Acompañamiento de los Presupuestos.
Al día de hoy, esta sentencia no tiene 'consecuencias efectivas', según reconoce el portavoz de Astisa, Jesús Clares, ya que el TSJA anula el decreto genérico por el que se convocaron más de 10.000 plazas entre Primaria y Especializada, aunque al final un 40 por ciento de ellas no se llevaron a efecto porque empezaron los problemas legales que ahora han dado pie a este fallo judicial. Según Clares, 'esto no significa que la gente esté sin plaza', aunque admite que 'esto podría ocurrir si el TSJA determina ahora que las convocatorias son nulas'.
El Alto Tribunal revisará ahora una a una las convocatorias y decidirá sobre su validez o no, aunque desde el SAS se subraya que cuentan con sentencias favorables a sus intereses y que, por lo tanto, van en la línea contraria a la que ahora se ha hecho pública con fecha del pasado 20 de enero. En caso de que al final, se decida suspender todo el proceso de 1997, desde Astisa se indica que 'será responsabilidad de la Administración y de la Mesa Sectorial arreglar este entuerto'.
El SAS estudia en la actualidad la presentación de un recurso, aunque se insiste en que no tendrá ninguna incidencia y ningún profesional verá en riesgo su plaza. En este sentido, se recuerda que el Real Decreto Ley 1/99 ya corrigió la situación al reproducir el 118/91 y elevarlo a rango de ley, con lo que de hecho las pruebas que se hicieron cuentan con la preceptiva cobertura legal. Clares reconoce que ni su propio sindicato quiere que se dé esta situación, ya que 'sería una vuelta atrás' y el regreso a la condición de interino de muchos profesionales. Eso sí, recuerda que su sindicato presentó este recurso hace más de dos años y que, al final, el TSJA le ha dado la razón sobre la 'debilidad jurídica' del decreto 232, 'un decreto jurídicamente inestable' y que pone en entredicho lo que se vendió desde la Administración sanitaria, desde la que se insistió en que la OPE de 1997 era 'la solución a la inestabilidad', cuando se basaba en un Decreto 'ya por entonces cuestionado' y que se ha demostrado legalmente inviable.
El portavoz de Astisa reconoce que el camino que ahora pueda tomar el TSJA es 'imprevisible', ya que puede decidir actuar incluso aunque la asociación decida retirar su impugnación. Al margen, se subraya que este problema que ahora surge, no afecta en lo más mínimo al proceso de consolidación extraordinario de interinos por el que, en Andalucía, se han sacado a concurso unas 24.000 plazas, ya que esta oferta 'se basa en una ley estatal que se ha sacado con carácter extraordinario y a la que no le influye' la sentencia del Alto Tribunal andaluz.