Nerea Garay, Bilbao.- El Tribunal Supremo ha confirmado que los jefes de Unidad de Atención Primaria (A.P.) del Servicio Vasco de Salud-Osakidetza deben tener la licenciatura en Medicina y Cirugía, tal como disponía el decreto de 23 de julio de 1996 del Gobierno vasco, en el que se regulaba la estructura organizativa del Servicio Vasco de Salud.
El Alto Tribunal ha rechazado el recurso presentado por los Colegios Oficiales de Ayudantes Técnicos Sanitarios y Diplomados de Enfermería de Vizcaya, Álava y Guipúzcoa, contra el requisito impuesto en ese decreto porque, en su opinión, 'implicaba una discriminación respecto al resto de profesionales sanitarios, con la misma capacitación y experiencia'.
El Supremo considera que no existe vulneración del principio de igualdad, porque las funciones del responsable de una unidad de Atención Primaria 'alcanzan un grado de profesionalización superior a la mera gestión de recursos'.
Entre esas funciones, definidas en el artículo 10 del Gobierno vasco, se encuentran 'implantar los sistemas técnicos y necesarios para un funcionamiento eficiente. asegurar el uso racional de los medios diagnósticos y terapéuticos, así como la calidad de la prescripción farmacéutica. proponer criterios para la implantación de sistemas para el mejor desarrollo profesional, y gestionar las actividades de docencia e investigación'.
Mayor grado de profesionalidad
Todas esas funciones, añade el Supremo, 'suponen la conveniencia, incluso la necesidad, de poseer determinados conocimientos técnicos que es lícito presumir que concurran en mayor grado en aquellos profesionales que, -en iguales condiciones de capacitación y experiencia-, se hallen en posesión de una titulación de grado superior'. En consecuencia, 'no puede hablarse de quebrantamiento del principio de igualdad constitucional', concluye la sentencia.
La reivindicación del Colectivo de Técnicos y de Enfermería había sido sistemáticamente rechazada por el Departamento de Sanidad del Gobierno vasco, por lo cual finalmente fue llevada hasta los tribunales por ambas partes. Tribunales que ahora han dado la razón a la Administración sanitaria, quien consideraba necesario que fueran médicos quienes ejercieran las jefaturas de las unidades de A.P. de Osakidetza. Desde el SVS han mostrado su satisfacción por la sentencia, 'que no hace si no confirmar el artículo 10 del Gobierno vasco que deja bien claro cuál es la competencia de cada colectivo', han recalcado.