S.P./L.S., Barcelona.-Pese a valorar positivamente en su conjunto el anteproyecto de ley de Colegios Profesionales, hecho público, recientemente, por el Gobierno Catalán, y a no haber finalizado su total análisis, los Colegios de Médicos de Cataluña han mostrado, no obstante, su unánime rechazo a uno de los puntos más delicados insertados en el artículo 36 de la normativa, concretamente en sus apartados 2 y 3, y que contempla la no obligatoriedad de colegiación para el personal al servicio de las Administraciones Públicas de esta comunidad autónoma, y que incumbe, por tanto, de pleno a los facultativos estatutarios.

Para el secretario del Colegio de Médicos de Barcelona, el doctor Jaume Padrós, es "algo que nos preocupa muchísimo y que nos ha sorprendido porque, entre otras cosas, introduce en Cataluña una situación hasta ahora inexistente". "Además de contradecirse "prosigue Padrós- con el propio espíritu de la Ley y con su preámbulo, ya que mientras ésta está abogando, en su conjunto, por reforzar las corporaciones profesionales y por el alto interés social del ejercicio de los profesionales, por otra parte está eximiendo a una parte importante de profesionales del sector público de la colegiación", tal como ha declarado a EL MEDICO INTERACTIVO.

Postura que coincide con la mostrada, también a este medio, por el presidente del Colegio de Médicos de Tarragona, Josep María Soler, quien no ha dudado de calificar al anteproyecto, en base a este aspecto, como algo "muy negativo, especialmente para los profesionales sanitarios", a lo que añade que "recoge todos aquellos aspectos negativos de la LOPS, mientras pasa por alto los positivos".

Preocupación en Sanidad

Según el secretario del COMB, de prosperar la normativa, los más perjudicados serían, en definitiva, los ciudadanos, "al someterles a una situación de indefensión", aparte de "trastocar enormemente los papeles al Departamento de Salud, como planificador y ordenador del sistema sanitario, y al hacerles perder interlocutores para regular, precisamente, el ejercicio de los profesionales que trabajan en dicho sistema".

Además, añade el doctor Soler, en el caso de los propios profesionales, "quedarían en el aire múltiples aspectos como su póliza de seguro, el control sobre su formación, la aplicación del Código Deontológico,…", y es más, tal como prosigue este responsable colegial, "se puede incurrir en antagonismos, por ejemplo, en el tema de la deontología, ya que si un médico es acusado de mal praxis, y no tiene el respaldo de la organización colegial, la Administración puede convertirse en juez y parte del caso".

Es por ello, tal como confirma Padrós, y partiendo de la constatación de que el Departamento de Salud no ha tenido ninguna participación en la elaboración de este proyecto, "que la titular de Salud, Marina Geli, también ha mostrado su preocupación, según nos ha manifestado, declarándose a favor del postulado que nosotros defendemos, por muchos motivos". Tal es así, según este representante colegial, que "incluso se ha brindado para hacer de intermediaria con el Departamento de Justicia, del que depende el proyecto, sobre todo para intentar aproximar posiciones".

"Labor supeditada a los gerentes"

A una de las conclusiones a las que se llega en el Colegio de Médicos de Barcelona, al respecto, tal como transmite su secretario, es a la del desconocimiento del sector sanitario por parte del legislador, porque a su criterio "confunde lo que es el contratador, el gerente, del regulador del ejercicio, el Colegio". "Los gerentes "apunta Padrós- son sólo los contratadores de los médicos y su obligación es la de cumplir las obligaciones laborales de los facultativos, pero no han de regular ni controlar el ejercicio profesional porque eso es una función propia de un Colegio profesional".

Así, y en opinión de este representante de los médicos barceloneses, "de prosperar la ley, tendríamos facultativos cuya regulación del ejercicio estaría supeditada a dichos gerentes, partiendo de que, además de que no es su cometido, lo más probable es que cada uno de ellos muestre un criterio distinto".

El caso de otras CC.AA.

En definitiva, y tal como resume Padrós, "abrir en estos momentos tal debate en Cataluña desconcierta y crea una distorsión en la relación institucional entre nuestras entidades y la Administración, buena y fluida en estos momentos".

Para el secretario del COMB no se parte, por ejemplo, de la misma situación que se daba en otras comunidades como Andalucía, "donde parte de la iniciativa que allí se adoptó tuvo que ver con las malas relaciones existentes entre las instituciones profesionales y su Consejería de Salud".

Por el contrario, en otras comunidades como Galicia y Castilla y León, donde se ha revisado la correspondiente Ley, "se ha apostado por una idea parecida a la que nosotros defendemos que no es otra que la de la obligatoriedad de colegiación para todos aquellos que presten una asistencia directa o indirecta al ciudadano, algo, por otra parte, coherente con el principio constitucional de la existencia de los Colegios profesionales", concluye este miembro del COMB.