Redacción, Madrid.-Los presidentes de Unión Profesional (UP), Carlos Carnicer, y el de Unión Profesional de Extremadura, José Manuel Rubio Gómez-Caminero, han decidido solicitar al presidente del Gobierno que interponga un recurso de inconstitucionalidad contra la Ley de Colegios y Consejos de Colegios Profesionales de Extremadura, tal como ha informado UP, a través de un comunicado.
Ambas instituciones han manifestado que la decisión ha sido tomada a la luz de un informe elaborado por el experto en Derecho Administrativo, Germán Fernández Farreres y que está en conexión directa con los recursos de inconstitucionalidad presentados por el Gobierno, 'a petición de UP estatal 'según esta entidad- contra las normas de los Parlamentos andaluz y canario'.
Tal como se refleja en el mismo, Unión Profesional entiende que esta petición 'no es más que un acto de congruencia y se espera que el Gobierno interponga dicho recurso, con expresa invocación del artículo 161.2 de la Constitución Española, a fin de que se suspenda la aplicación de la norma impugnada'.
La solicitud se sustenta sobre varios razonamientos, según expone esta entidad profesional, destacando entre otros, 'el hecho de que la Asamblea extremeña se ha extralimitado en sus funciones por cuanto ha actuado sobre un núcleo básico de regulación del ejercicio profesional, lo que entra en colisión con la Ley Estatal de Colegios Profesionales 2/1974 que declara expresamente el carácter básico de su artículo 3-2º al entender como requisito indispensable para el ejercicio de las profesiones colegiadas hallarse incorporado al Colegio profesional correspondiente'.
Por otra parte, UP considera que está en juego el 'principio de igualdad para todo el territorio del Estado, evitando la existencia de profesionales y usuarios de primera o de segunda en razón de la comunidad autónoma en la que residan'.
Todo ello es considerado por el presidente de Unión Profesional como 'un gran retroceso en la vertebración social, dado que se hurta al control y a la disciplina ética y científica colegial un colectivo cuantitativa y cuantitativamente muy importante para colocarlo, exclusivamente, bajo la autoridad de la corriente política que dirija en cada momento el sector público correspondiente'.
Como recuerda UP, la Ley de Colegios y Consejos de Colegios Profesionales de Extremadura, en su artículo 17.1 eximía del requisito de colegiación al personal funcionario, estatutario o laboral de las Administraciones Públicas